lunes, 29 de agosto de 2016

ABUSO CON MULTAS DE TRAFICO

Este mes de agosto se están disparando los abusos por parte de determinados Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid en cuanto al cobro de multas de tráfico. El modus operandi se viene repitiendo bajo el mismo patrón. Llaman clientes desesperados porque les ha llegado una sanción por no identificar al conductor de una supuesta infracción de tráfico en el tiempo. Y la cuantía de la multa es cuantiosa, una media de entre seiscientos y mil euros (que llegan a las familias al acabar las vacaciones cuando no disponen de dinero para pagarlas y al final lo pagarán con intereses).

Los clientes también repiten que a ellos no les ha llegado ningún requerimiento para identificar al conductor, y en ese punto, mi labor como abogado es simple… se comprueba las “presuntas notificaciones” al cliente por parte del ayuntamiento.

Una vez personado en el departamento correspondiente del Ayuntamiento compruebo que ha habido de media entre dos y tres intentos de notificación por vía postal. Lo mas extraño se empieza a ver cuando un ayuntamiento deja de contar con los servicios postales de Correos y deriva las notificaciones en segundas marcas de comunicación postal.

El siguiente aspecto extraño es cuando el cliente asegura que no ha recibido ninguno de esos presuntos intentos de comunicación. Es decir, que no les han dejado aviso del intento de comunicación, y por lo tanto no han sabido que el Ayuntamiento quería notificarles algo. Sigue resultando extraño que manden dos notificaciones al mismo domicilio.

Seguimos con mas datos curiosos, que es que la presunta sanción por la que se inició el expediente, parece haber desaparecido o el Ayuntamiento no tiene interés por sancionar a un conductor que no respeta las normas viales.

Finalmente el último detalle que hace pensar mal, es el por qué un Ayuntamiento en vez de comunicar una sanción (notificar una multa) manda un requerimiento al dueño del vehículo para identificar al conductor responsable, cuando si enviara la multa al propietario del coche, éste tiene la obligación legal de decir quien conducía ese día para que la sanción le llegue a él.

Por todo ello se puede sacar una conclusión fácil, que a los Ayuntamientos les sale más rentable mandar el requerimiento a un propietario, que mandar la multa.

Estos problemas administrativos que solo benefician a la administración se solucionarían con un sistema de notificación electrónica que funciona perfectamente con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y otros órganos dependientes de la Administración Central, y que no dejan dudan en cuanto al envío y recepción de cualquier notificación.

Pero no todo son malas noticias, desde mi despacho, no son pocos los clientes que han querido tener una entrevista personal conmigo, Jose Maria Garzon, y trazamos una estrategia procesal tendente a demostrar la nulidad del presunto intento de notificación que nunca existió. Por ello quiero agradecer personalmente a todos los clientes que han confiado en Garzon Abogados para intentar solucionar sus problemas legales de todo tipo, hasta una simple multa.

Desde aqui, no solo como abogado sino como Jose Maria Garzon, quiero llamar la atención en estos pequeños detalles o situaciones que pueden ser el origen de un pequeña crisis económica en el ámbito familiar, cuando al acabar las vacaciones en agosto llega una multa inesperada de seiscientos euros que no se puede pagar, y que si se quiere pagar habrá que prescindir del abono de otros pagos.

jose maria garzon, abogado

miércoles, 17 de agosto de 2016

OMISIÓN DE CLAUSULAS EN UN CONTRATO

Se viene repitiendo frecuentemente en mi ejercicio profesional como abogado, que al revisar contratos que le han entregado a mis clientes, aquellos carecen de clausulas esenciales de los mismos. En ellos se deja de concretar aspectos extremadamente sencillos que no se pueden nunca achacar al desconocimiento del derecho ni a la falta de asesoramiento jurídico, ya que lo que hay es una omisión de las condiciones que han acordado entre las partes.

Normalmente los clientes alegan que las omisiones son tan evidentes que no ven una mala fé por la parte contraria, pero cuando se explica de las consecuencias de los mismos cambian de opinión.

Desde que empecé a ejercer he recomendado siempre que todas las condiciones y cláusulas que se hayan negociado, y por lo tanto aceptado, queden reflejadas en el documento obligacional, que es el contrato, y por ello tengan plena validez jurídica entre las partes. En caso de duda os recomiendo el asesoramiento de un abogado para que os aclare de las consecuencias que pueda tener la falta de concreción en un contrato de las cláusulas que se han omitido.

Hay que desconfiar siempre de aquello de lo que “desparece” en un contrato, porque  suele ser en la mayoría de las veces premeditado, y en caso contrario no habría problema alguno en modificar el borrador e introducir aquellas cláusulas que se habían acordado.

Recordemos algunos aspectos que suelen omitirse como son la fecha tope de cumplimiento, o las obligaciones de la parte que propone el borrador. Por ello volvemos a insistir en que todo aquello que no aparece en el contrato, a priori, es muy difícil (por no decir casi imposible) que se le pueda obligar a cumplirlo.

Solo hay una salvedad, y es que esa condición no escrita venga de obligado cumplimiento por ley, a lo que todas las partes se somenten.

JOSE MARIA GARZON


jueves, 4 de agosto de 2016


En mi nombre y en el de GARZONABOGADOS quiero trasladarte nuestros mejores deseos para que este verano disfrutes de un merecido descanso en compañía de los tuyos, tras un año intenso. 

Confiamos en que en el nuevo curso retomemos con ilusión y fuerzas renovadas los proyectos comunes. En GARZONABOGADOS, seguimos trabajando este mes de agosto para dar cobertura a los servicios necesarios y estamos a tu disposición para cualquier eventualidad que pudieras necesitar. 

Como sabes, aprovechamos este mes para mejorar algunas de nuestras instalaciones e infraestructuras en Madrid en la calle Ayala 120, por lo que rogamos tu comprensión si esto perturba tu actividad. 

En septiembre volveremos a nuestra plena actividad, retomando los proyectos en curso y todos los servicios habituales. 

Un afectuoso saludo y felices vacaciones! 

El caso de Sonia Carabantes. El impulsor del ADN en España. Un crimen que nunca .

 Acaba de publicarse recientemente la noticia de que el crimen de Sonia Carabantes pudo y debió ser evitado. Hoy en día dicho crimen hubiera sido más que difícil porque  la existencia de unas bases de datos de ADN conectadas entre sí a nivel europeo e internacional hacen prácticamente imposible la reincidencia de un sospechoso de un crimen sexual, puesto que sus datos de ADN constan previamente en dicha base,  y  si da una reiteración delictiva la policía sabe a quien buscar. Pero dicha situación no ha sido fácil ni tampoco rápida. Se han necesitado años de coordinación internacional,  voluntad política, examen de conciencia de gobernantes y por último casos que produjeran una enorme presión social. Todos conocemos el gran valor científico del ADN y el caso de Sonia Carabantes fue el precursor para que en España se creara una base de datos de ADN coordinada para toda la policía. Os dejo el enlace de la noticia. Jose Maria Garzon. El asesinato de Sonia Carabantes se pudo -y se debió- evitar http://confilegal.com/20160729-asesinato-sonia-carabantes-se-pudo-se-debio-evitar/.

JOSE MARIA GARZON